Diócesis de Temuco

Aporte de la Iglesia a debate de reforma educacional en Senado 

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Mons. Héctor Vargas, presidente del Área Educación de la CECh, expuso la visión de la Iglesia ante la comisión de la Cámara Alta.

Este martes 25 de noviembre llegó hasta las dependencias del Senado el obispo de Temuco, Mons. Héctor Vargas, presidente del área Educación de la Conferencia Episcopal de Chile, acompañado de los vicarios de Educación de Santiago y Valparaíso, padre Tomás Scherz y padre Edgardo Fernández, respectivamente, y de la abogada María Isabel Castrillo, consejera del área.

Los representantes de la Iglesia concurrieron a la sesión de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, que se encuentra analizando en general el proyecto de ley que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado.

Por una educación de calidad sin segregación

Mons. Vargas afirmó que la principal motivación de la Iglesia ante este proyecto «es el bien de Chile, especialmente de sus niñas, niños y jóvenes. Ellos tienen derecho a una educación de calidad independientemente de donde estudien, y a crecer en un país respetuoso de la pluralidad de proyectos educativos, así como también del esfuerzo y aporte que tanto la educación pública como particular, laica y confesional, han brindado al país».

Recordó el obispo que la Iglesia ha expresado su apoyo y colaboración en la búsqueda de mejoras sustanciales para el actual sistema educacional. «Somos conscientes, a la luz de distintos diagnósticos, no solo de la urgencia de una transformación de la educación del país, sino también de un avance significativo en la oferta educacional dirigida a las personas más vulnerables. Es imprescindible la construcción de un sistema más equitativo y el fin de la segregación social desde la base, favoreciendo mayores grados de integración e inclusión».

Más adelante, pasó revista al proceso de discernimiento realizado desde el Área Educación de la CECh respecto de los contenidos del proyecto, desde una crítica muy constructiva frente a sus desafíos.

Al respecto, planteó que, «si bien hubiésemos esperado mayores fundamentos acerca de la naturaleza, fines y principios de una autentica educación, queremos aportar algunas propuestas de modo responsable. Así, nos sumamos a la reflexión y contribución de todos los demás sectores que han hecho de la educación un servicio reconocido y significativo al País».

Y profundizó aportes sobre cada uno de los siguientes puntos:

– el trabajo en red es fundamental para la educación
– evitar una excesiva sobre regulación
– prever la posibilidad de abrir establecimientos nuevos donde hay demanda de los padres por un tipo de proyecto educativo
– la selección en los colegios «emblemáticos»
– clarificar el tema de la formación ciudadana
– prever que no se afecten las comunidades educativas laicas o confesionales con motivo de la situación de los inmuebles
– prever que no se afecten las comunidades educativas laicas o confesionales con motivo del período de transición de los colegios con copago alto a gratuidad
– mejoramiento general del articulado

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Autor: Área Educación CECh

Fecha: 25/11/2014
País: Chile
Ciudad: Santiago

Proyecto de Ley que regula la educación inclusiva en el ámbito escolar

(Boletín No. 9366-04)

APORTES AL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA

Introducción

La Conferencia Episcopal de Chile, frente al actual trámite legislativo del proyecto de ley sobre la reforma educacional, desea ofrecer su aporte en vista del ingreso de dicho proyecto a la discusión en el Senado de la República. Nuestra motivación es el bien de Chile, especialmente de sus niñas, niños y jóvenes. Ellos tienen derecho a una educación de calidad independientemente de donde estudien, y a crecer en un país respetuoso de la pluralidad de proyectos educativos, así como también del esfuerzo y aporte que tanto la educación pública como particular, laica y confesional, han brindado al país.

Desde el inicio de esta propuesta, hemos expresado nuestro apoyo y colaboración en la búsqueda de mejoras sustanciales para el actual sistema educacional. Somos conscientes, a la luz de distintos diagnósticos, no solo de la urgencia de una transformación de la educación del país, sino también de un avance significativo en la oferta educacional dirigida a las personas más vulnerables. Es imprescindible la construcción de un sistema más equitativo y el fin de la segregación social desde la base, favoreciendo mayores grados de integración e inclusión.

En estos meses a la luz de nuestra experiencia, hemos realizado un discernimiento serio respecto de los contenidos del proyecto y nos hemos comprometido a abordar, desde una crítica muy constructiva los desafíos que plantea. Si bien hubiésemos esperado mayores fundamentos acerca de la naturaleza, fines y principios de una autentica educación, queremos aportar algunas propuestas de modo responsable. Así, nos sumamos a la reflexión y contribución de todos los demás sectores que han hecho de la educación un servicio reconocido y significativo al País.
Los siguientes puntos, han sido ordenados siguiendo la lógica del proyecto de ley:

Trabajo en red

El trabajo en red es fundamental para la educación. No se puede afectar la calidad y la eficiencia del trabajo de todo el sistema educacional, con el pretexto de sancionar a quienes han hecho mal uso de los recursos o simplemente obtuvieron ganancias que hoy son vistas como desproporcionadas, pero que forman parte de la actual regulación vigente. Trabajar en red es una riqueza importante y sería de gran daño para la prestación educacional y sus logros, que ello se prohibiera como consecuencia de evitar el lucro en otras entidades.

Tal como existen proyectos educativos exitosos que no operan en red, forma parte de la autonomía reconocida a los sostenedores por nuestra Constitución (la LGE y tratados internacionales) la facultad de trabajar en colaboración, entre instituciones que comparten una inspiración y fundamentos e idearios educativos.

Las operaciones entre personas relacionadas están normadas en la legislación chilena que las permite de modo regulado y transparente. En este proyecto de ley, por el contrario, dichas operaciones se prohíben y aún más, cuando se trata de caracterizar lo que se entiende por una persona relacionada, se imponen exigencias mayores que por ejemplo en la ley de mercados y valores.

Lo que aquí corresponde es regular y transparentar. Por ello, estimamos que el tratamiento de personas y operaciones relacionadas debe perfeccionarse, ajustándose a la gestión cotidiana de un establecimiento. Se trata de consagrar el concepto de trabajo de redes transparentes, informadas, con precios justos de mercado, con fines educativos, de capacitación, formación y desarrollo de su proyecto educativo. Ellas, debidamente informadas a la Superintendencia de Educación y fiscalizadas por ésta, sujetas a eventuales sanciones, en el marco del Estado de Derecho.

Evitar una excesiva sobre regulación

De la lectura global del Proyecto se puede deducir una seria desconfianza hacia la gestión de todas aquellas instituciones no estatales, que ofrecen el servicio público de la educación escolar. En efecto, su excesiva normativa despierta la percepción que permanecerán, en virtud de la Ley, bajo una permanente sospecha. Desde esa posible predisposición negativa, podrían llevarse a cabo las distintas evaluaciones, inspecciones y por ende castigos.

El Estado, sin duda, tiene el ineludible deber y derecho de regular la vida social para asegurar el bienestar de todos, evitando abusos, discriminación e infracciones que merecen toda condena.

Pero en esta ocasión, con la finalidad de evitar legalmente hasta la más mínima infracción, pareciera quererse normar todo en un modo tal, que corre el riesgo de privar a todos los sostenedores particulares de espacios que son vitales, para el libre y creativo desarrollo y gestión de sus peculiares proyectos educativos.

Tales características, pueden terminar reduciendo la pluralidad educativa a una moral del minimalismo y del mero cumplimiento para evitar problemas, sofocando sin duda iniciativas propias y diversas que son claves para una educación de calidad, una suerte de paralización, «aplanamiento», y de auto represión de la vida escolar. Ello podría llevar a no invertir, a no innovar, a no experimentar por temor a ser sancionado, cuando esto en cambio forma parte de la esencia del hecho educativo.

En efecto, la cantidad de regulaciones, exigencias y sanciones, sumadas a todas las ya existentes, son de tal envergadura para las simples estructuras y organización de una escuela, que es imposible no considerar varias como excesivas, e incluso innecesarias para un buen y correcto funcionamiento del sistema escolar. Todo ello, sin considerar la cantidad de recursos y personal que demandará a los organismo públicos, y el volumen de trabajo administrativo que implicará al ya sobrecargado trabajo de los directivos docentes, quienes por temas burocráticos están cada vez más ausentes de la tarea pedagógica.

Prever la posibilidad de abrir establecimientos educacionales nuevos donde hay demanda de los padres por un tipo de proyecto educativo

Actualmente, el proyecto señala que se aceptará abrir nuevos establecimientos si no hay vacantes suficientes para la demanda en un territorio. En esta materia, nos parece que el régimen de plena libertad para crear y mantener colegios debe ser la regla, puesto que los requisitos para impetrar subvención ya son suficientemente exigentes. Nuestra propuesta es aclarar que la demanda no se refiere a la matrícula refiere a un tipo de proyecto educativo.

Conforme a la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, la limitación que pretende establecer el proyecto de ley, afecta derechos reconocidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos, declaraciones a las que sucesivamente ha adherido Chile desde varios años. Nos parece que las exigencias que se realizan en el proyecto de ley, son ya una importante barrera de entrada a quienes deseen crear un colegio, por lo que no existe justificación para atender exclusivamente a una mera sumatoria de vacantes, y no a la sana y necesaria diversidad de proyectos educativos que permitan especialmente en condiciones de gratuidad, el acceso a quienes deseen formar a sus hijos de acuerdo a sus convicciones.

Cualquier otra restricción, especialmente si deja en manos de la autoridad el otorgamiento del permiso, pone en riesgo de cooptación la oferta educativa en el futuro, situación que nuestros legisladores deben cuidar que efectivamente no ocurra.

La selección en los colegios «emblemáticos»

Existe un evidente malestar en todo el sistema escolar por esta excepción que plantea del proyecto. No se comprende que después de la cantidad de argumentos de todo tipo, respecto de lo negativo que resulta el «descreme» de alumnos a la hora de seleccionar, y el que sea el colegio y no los padres de familia quienes eligen un colegio, sí se les permita esta práctica a algunos establecimientos. ¿Cuáles y cuantos son estos colegios?, ¿con que criterios se los define?, ¿son permanentes en el tiempo?, ¿están en todas las Regiones, provincias y comunas?, ¿Los alumnos meritorios de todos los colegios podrán acceder a ellos?.

Nos parece incomprensible dicha posibilidad de selección de acuerdo al espíritu y la letra del proyecto de ley.

Quisiéramos rescatar, en cambio, la situación de los alumnos «meritorios». Es del todo razonable y también de justicia, que a través de una propuesta de porcentajes regulada, todos los colegios puedan asegurar determinados cupos para aquellos alumnos salidos de básica, que por su esfuerzo personal y responsabilidad, puedan tener la posibilidad de continuar sus estudios en el colegio que anhelan junto a su familia.

Clarificar el tema de la formación ciudadana

Se ha incorporado un artículo que señala que en los establecimientos educacionales de propiedad del Estado, se promoverá la formación laica y ciudadana de los estudiantes a fin de fomentar su participación en la sociedad.

Al respecto, no se entiende el por qué la formación ciudadana queda limitada a los establecimientos de propiedad del Estado y no a todos los establecimientos que tienen reconocimiento oficial.

En cuanto a la formación laica, ya se encuentra regulado en el art. 4 LGE: “Sin perjuicio de sus demás deberes, es deber del Estado que el sistema integrado por los establecimientos educacionales de su propiedad provea una educación gratuita y de calidad, fundada en un proyecto educativo público, laico, esto es, respetuoso de toda expresión religiosa, y pluralista, que permita el acceso a él a toda la población y que promueva la inclusión social y la equidad”.

Prever que no se afecten las comunidades educativas laicas o confesionales con motivo de la situación de los inmuebles

Entendemos que se quiere priorizar que los sostenedores educacionales como primera opción sean dueños, luego comodatarios y finalmente arrendatarios. Para ello se requiere una política más agresiva del Estado, para fortalecer la compra por parte de la nueva corporación o fundación al dueño del inmueble, incentivar los comodatos por sobre los arrendamientos, y dejar los arrendamientos de manera regulada como opción para aquellos que no pueden o no desean vender o comprar.

Respecto de la compra se requieren medidas como: garantía del Estado por el total del crédito y sin tope de ingresos, reavalúo explícito de las tasaciones fiscales de las propiedades y política crediticia activa por parte del Banco Estado, al menos. Se trata que la compraventa sea una realidad, que los dueños puedan vender a precio de mercado y de manera expedita y no burocrática, haciéndose cargo el propio Estado de la regulación que imponga y de los costos que ello implica.

En cuanto al comodato, debe flexibilizarse el plazo, ya que hay instituciones que hoy tienen propiedades en comodato pero a 5 años y con posibilidad de cambiar a arriendo si las condiciones cambian (por ejemplo, más recursos en el colegio o dificultades del comodante). Esta ley las obliga a un comodato a 20 años que no tiene sentido pues inmoviliza por demasiado tiempo un patrimonio e igual el colegio puede cerrarse antes (no por el comodato sino que por el sostenedor).

Forzar a 20 años hará que muchos que hoy dan en comodato y que estarían dispuestos a seguir haciéndolo en las mismas condiciones actuales, dejen de hacerlo. Sería mejor mantener los comodatos a 5 años.

Respecto de los arriendos, habría que permitirlos a los sostenedores con reconocimiento oficial a 2014 (o a la fundación que se cree para adquirir la calidad del sostenedor) con regulaciones que lo hagan viable.

Esto es fundamental puesto que, de no garantizarse una solución al tema de los inmuebles donde se ubican los colegios, muchas familias podrían ser afectadas.

Prever que no se afecten las comunidades educativas laicas o confesionales con motivo del período de transición de los colegios con copago alto a gratuidad

Aquellos colegios de copago medio y alto no podrán pasar a gratuidad de inmediato, ya que la subvención de gratuidad no alcanzará a cubrir el financiamiento compartido. Deberán esperar varios años para pasar a gratuidad, considerando que el propio Gobierno ha señalado que el plazo en que ello ocurra es indeterminado; en el intertanto hay que asegurarles viabilidad financiera , lo que actualmente con la fórmula propuesta no está garantizado en el proyecto.

Para ello, han de buscarse fórmulas que permitan su sustentabilidad, pensando que tienen compromisos educativos y laborales a cubrir, de lo contrario, muchas familias y proyectos educativos por ajustarse a los cambios que disponga la nueva ley, podrían verse seriamente afectados en un plazo breve.

Mejoramiento general del articulado

Existen diversas normas que deben ser mejoradas, entre ellas, que:

– Se pueda cancelar la matrícula cuando deba protegerse a personas de la comunidad ante el riesgo de conductas contra su integridad y en caso de las personas que atentan grave y reiteradamente contra el proyecto educativo;
– Se elimine la obligación tan vaga de adoptar «todas” las medidas previas de apoyo pedagógico y psicosocial, como condición para proceder a la cancelación de matrícula. De mantenerse, es necesario que se especifique cuáles son estas medidas.
– Se ajusten y armonicen diversas normas para evitar contradicciones (LGE, Ley contra la discriminación, ley de mercado de valores, leyes laborales).
– En la selección se permita un porcentaje de alumnos hijos de ex alumnos del establecimiento.
– Es muy necesario que se puedan acotar las situaciones que impliquen faltas importantes de parte de los colegios, y un protocolo que asegure objetividad y proporcionalidad en el grado de las sanciones, como las necesarias instancias de apelación. De no hacerse, dejaría la puerta abierta a la arbitrariedad y el abuso por parte de la autoridad.